A finales del mes de julio del corriente año, en la XV sesión plenaria de Eurolat, se aprobó el proyecto titulado “el derecho humano al agua” como producto del arduo trabajo canalizado por las parlamentarias Ana Miranda y Julia Perié. Este proyecto no sólo logra sintetizar a la perfección la imperiosa necesidad de declarar a este recurso como esencial, sino que va un poco más allá, al procurar acertadamente la categorización del mismo como un derecho humano. El principal argumento para ello, se basa en el entendimiento de que el acceso al agua potable y saneamiento es indispensable para que todos los seres humanos tengan la posibilidad de tener una vida digna, sin ser rehenes de las decisiones de un mercado capitalista que vela por los intereses de un reducido grupo en detrimento del resto de la población mundial.
A nivel internacional existen ciertos instrumentos jurídicos que sostienen esta misma postura, un ejemplo de ello es la resolución de la Asamblea de Naciones Unidas del año 2010, en la cual se reconoce “el derecho al agua potable y al saneamiento como un derecho humano esencial para el pleno disfrute de la vida y de todos los derechos humanos” sin discriminación alguna (A/RES/64/292). Siguiendo esta línea, es que el derecho internacional de los derechos humanos impulsa constantemente a los Estados a trabajar de manera conjunta para la materialización de este y otros objetivos más de esta índole, reafirmando la importancia del agua como un bien social y cultural, y no sólo como un bien económico. En este sentido, podemos mencionar también a la Agenda 2030 y específicamente al ODS 6 “agua limpia y saneamiento”, el cual condensa la necesidad de implementar políticas integrales que ayuden a alcanzar estas metas.
Ahora bien, en la esfera nacional no contamos con instrumentos de este tipo, lo más cerca a ello es el artículo 41 de la Constitución Nacional Argentina, el cual versa sobre el derecho a “un ambiente sano, equilibrado apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras” como así también el deber de preservarlo. Si bien, es indiscutible y sumamente importante lo expresado en el artículo, el mismo no hace alusión específica al agua potable y saneamiento, por esta razón y muchas otras, es que el proyecto presentado por las parlamentarias Miranda y Perié, busca no sólo destacar la necesidad de cuidar y universalizar el acceso al recurso hídrico, sino que pretende poner sobre la mesa este tema junto con el debate que trae aparejado el mismo, con el fin de plantear soluciones reales a las numerosas problemáticas existentes.
Los posibles caminos a tomar para lograr la materialización de este derecho en un derecho humano son diversos, no obstante, todos ellos deben tener como denominador común la misión de universalizar ciertos estándares de bienestar y dignidad humana. Por todo lo expuesto, parece ser menester continuar impulsando proyectos de este tipo, cargados con altas dosis de empatía para con los más vulnerables y para con el planeta Tierra en general, ya que no tenemos planeta B!
José Albornoz – Lic. en Relaciones Internacionales y Maestrando en Ambiente y Desarrollo Sustentable
Santiago García Molina – Lic. en Administración y Doctorando en Educación